Embargos tributarios

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Escrito por Gabriel Zamora Baudrit

Abogado y Asesor Tributario

Cómo podría cambiar el embargo de bienes con el Proyecto de Ley “El Procedimiento de Apremio”, expediente legislativo N.° 25.669, y qué deberían conocer los contribuyentes.

Introducción

Pocas palabras generan tanta preocupación como embargo. Para muchas personas, escuchar ese término significa pensar inmediatamente en perder una casa, un vehículo o incluso una empresa. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, un embargo no implica automáticamente la pérdida de un bien, sino que constituye una medida destinada a garantizar el cobro de una deuda.

En materia tributaria, el embargo forma parte de las herramientas con las que cuenta el Estado para recuperar obligaciones fiscales que ya fueron determinadas y que permanecen impagas. No obstante, la forma en que ese procedimiento se desarrolla podría cambiar de manera importante si se aprueba el Proyecto de Ley “El Procedimiento de Apremio”, expediente legislativo N.° 25.669.

La iniciativa propone un modelo de cobro más ágil, con un mayor protagonismo de la Administración Tributaria durante la etapa de ejecución. Por ello, resulta importante comprender qué es realmente un embargo, qué bienes pueden verse afectados y cuáles serían las principales diferencias con respecto al sistema vigente.

¿Qué es un embargo?

Un embargo es una medida legal mediante la cual determinados bienes de una persona o empresa quedan afectados al pago de una deuda.

Es importante comprender que un embargo no significa, por sí mismo, que el bien pase inmediatamente a ser propiedad de la Administración Tributaria. Existen distintas etapas posteriores que pueden conducir, eventualmente, a la venta o adjudicación del bien conforme a las reglas establecidas por la ley.

¿Qué bienes pueden embargarse?

Dependiendo de cada caso, un embargo puede recaer sobre cuentas bancarias, dinero en efectivo, salarios cuando la legislación lo permita, vehículos, casas, apartamentos, fincas, maquinaria, inventarios, acciones, participaciones sociales y derechos económicos derivados de contratos.

¿Cómo funciona actualmente?

Bajo el sistema vigente, la recuperación de una deuda tributaria suele desarrollarse mediante un procedimiento con una importante participación de los tribunales de justicia. Esa intervención puede hacer que el proceso se extienda durante varios años antes de llegar a la etapa de ejecución de bienes.

¿Qué cambiaría con el Proyecto de Ley?

El Proyecto de Ley “El Procedimiento de Apremio”, expediente legislativo N.° 25.669, propone trasladar buena parte del procedimiento de cobro al ámbito administrativo. La iniciativa busca que la Administración Tributaria pueda impulsar con mayor rapidez las actuaciones necesarias para recuperar una deuda tributaria firme, sin que ello implique la desaparición de las garantías constitucionales o del acceso a la vía judicial.

Embargo no es lo mismo que perder un bien

El embargo constituye una etapa dentro del procedimiento de cobro. Posteriormente podrían desarrollarse otras actuaciones como la ejecución, el remate y, en determinados supuestos previstos por la legislación, la adjudicación. Comprender estas diferencias evita confundir conceptos y permite dimensionar adecuadamente el alcance de cada medida.

Un ejemplo sencillo

Imagine una empresa que mantiene una deuda tributaria de 80 millones de colones y posee dos vehículos, una bodega y maquinaria. El objetivo del procedimiento es recuperar el monto necesario para satisfacer la deuda, desarrollando las actuaciones conforme a las reglas establecidas por la normativa aplicable.

¿Qué deberían hacer quienes tienen una deuda tributaria?

Revisar la correcta determinación de la deuda, verificar posibles errores, analizar las alternativas de defensa cuando correspondan, valorar un convenio de pago y buscar asesoría profesional antes de que el procedimiento avance hacia etapas de ejecución.

Sistema actual vs. propuesta del proyecto

  • Procedimiento con importante intervención judicial → Procedimiento predominantemente administrativo.
    • Recuperación de la deuda puede extenderse durante años → La propuesta busca reducir significativamente los tiempos de cobro.
    • Ejecución más prolongada → Actuaciones potencialmente más ágiles conforme al proyecto.

Conclusión

El Proyecto de Ley “El Procedimiento de Apremio”, expediente legislativo N.° 25.669, no modifica la existencia del embargo como mecanismo de cobro, pero sí propone transformar la forma en que este procedimiento podría desarrollarse. Conocer esos cambios permitirá a personas y empresas tomar decisiones oportunas antes de que una deuda tributaria alcance la etapa de ejecución.

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Gabriel Zamora Baudrit

Abogado y Asesor Tributario

Me formé en Derecho, Contaduría y Administración de Negocios, con una Maestría en Finanzas y además una Especialidad en Impuestos.

He atendido a más de 1000 clientes en las últimas dos décadas como abogado tributario.

Actualmente soy socio director de Detribu, despacho tributario especializado en Cumplimiento y Planificación Fiscal.

Resuelvo problemas relacionados a impuestos: defensa en la fiscalización de Hacienda y la CCSS, así como planificación de estrategias legales para el ahorro de impuestos.

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