Qué propone el Proyecto de Ley “El Procedimiento de Apremio”, expediente legislativo N.° 25.669, y por qué podría representar la mayor transformación del cobro de impuestos en Costa Rica de las últimas décadas.
Introducción
Cuando se habla de impuestos, la mayoría de las personas piensa en declaraciones, pagos, fiscalizaciones o multas. Sin embargo, existe una etapa que suele pasar desapercibida hasta que afecta directamente al contribuyente: el cobro de una deuda tributaria.
Actualmente, cuando una obligación tributaria queda firme y no es cancelada, la Administración Tributaria debe seguir un procedimiento que, en muchos casos, termina desarrollándose ante los tribunales de justicia. Ese proceso puede extenderse durante varios años antes de que el Estado logre ejecutar los bienes del deudor.
Esa realidad podría cambiar de forma significativa si se aprueba el Proyecto de Ley “El Procedimiento de Apremio”, expediente legislativo N.° 25.669, iniciativa que propone transformar la forma en que el Estado recupera las deudas tributarias.
¿Qué es el Procedimiento de Apremio?
Es el mecanismo mediante el cual el Estado busca recuperar una deuda tributaria cuando el contribuyente no la cancela voluntariamente. No crea nuevos impuestos ni sustituye la fiscalización; regula la etapa de cobro de obligaciones ya determinadas y exigibles.
¿Por qué surge esta reforma?
La principal justificación del proyecto es que el sistema vigente resulta lento y dificulta la recuperación efectiva de créditos tributarios. La propuesta pretende agilizar ese proceso mediante un procedimiento predominantemente administrativo.
Del proceso judicial al procedimiento administrativo
Actualmente una parte importante del cobro se desarrolla por la vía judicial. El proyecto traslada buena parte de ese procedimiento al ámbito administrativo, permitiendo que actuaciones como el embargo, la ejecución y la eventual adjudicación de bienes puedan desarrollarse con mayor rapidez, siempre conforme a los requisitos legales.
¿Qué facultades tendría la Administración Tributaria?
El proyecto fortalece las herramientas para hacer efectivo el cobro de las deudas tributarias, incluyendo embargo, ejecución, remate y, en determinados supuestos, adjudicación de bienes. No crea nuevos tributos; modifica la forma de cobrarlos.
¿Quiénes podrían verse afectados?
La reforma podría impactar a personas físicas, profesionales independientes, empresarios, sociedades mercantiles, sociedades patrimoniales y cualquier contribuyente que mantenga obligaciones tributarias pendientes.
¿Desaparecen los derechos del contribuyente?
No. El debido proceso, el derecho de defensa y el acceso al control jurisdiccional continúan formando parte del ordenamiento jurídico. Lo que cambia es la estructura y velocidad del procedimiento de cobro.
¿Qué deberían hacer los contribuyentes?
Revisar oportunamente su situación fiscal, valorar convenios de pago cuando correspondan, verificar la correcta determinación de las deudas y analizar las alternativas administrativas o judiciales disponibles antes de que el procedimiento de cobro avance.
Conclusión
El Proyecto de Ley “El Procedimiento de Apremio”, expediente legislativo N.° 25.669, no busca crear nuevos impuestos. Su finalidad es transformar el mecanismo mediante el cual el Estado cobra las obligaciones tributarias ya existentes. Comprender esta reforma permitirá a personas y empresas prepararse con mayor anticipación y tomar decisiones informadas.
Gabriel Zamora Baudrit
Abogado Tributario